La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos establece como derecho el obtener los medios de identificación electrónica necesarios, pudiendo las personas fÃsicas utilizar en todo caso los sistemas de firma electrónica del Documento Nacional de Identidad para cualquier trámite electrónico con cualquier Administración Pública asà como a la utilización de otros sistemas de firma electrónica admitidos en el ámbito de las Administraciones Públicas.Â
Las funciones básicas de la firma electrónica son:
Puede acceder al documento de polÃtica de firma electrónica a través del enlace: PolÃtica de firma electrónica  Â
Podrá encontrar más información sobre la firma electrónica en el Portal de Administración Electrónica Â