Las Leyes 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía, disponen que la información pública objeto de publicidad activa debe estar disponible en las sedes electrónicas, portales o páginas web, garantizando especialmente la accesibilidad universal y la no discriminación tecnológica, con objeto de que todas las personas puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones e incorporando las características necesarias para garantizar la accesibilidad de aquellas personas o colectivos que lo requieran.
En este sentido el artículo 13 de la Ordenanza reguladora del uso de medios electrónicos de esta Corporación recoge como contenido y servicio de la Sede electrónica el Portal de Transparencia de la entidad y sus entes dependientes.
Entre los derechos reconocidos al ciudadano en el artículo 7 de la Ley 1/2014 se encuentran los siguientes: